Bosques Nativos de San Luis


“En el bosque, cuando las ramas se pelean, sus raíces se besan”
Alejandro Jodorowsky
¿Qué son los bosque nativos?
Considérese bosques nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea (suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos), conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica.
Se encuentran comprendidos en la definición tanto los bosques nativos de origen primario, donde no intervino el hombre, como aquellos de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración voluntaria. (Art. 2 de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección del Bosque Nativo N° 26331 / Ley Nacional de Bosques).
¿Qué bosques nativos tenemos en Argentina?
En Argentina existen 7 regiones forestales que comprenden fragmentos de distintos tipos de bosque nativo: Selva Misionera, Selva Tucumano Boliviana o Yungas, Parque Chaqueño, Monte, Espinal, Bosque Andino Patagónico y Delta e Islas del Río Paraná (Fuente: SAyDS)
¿Cómo los cuidamos?
Frente a la necesidad de proteger a los Bosques Nativos y garantizar su manejo de forma sustentable se llevan adelante diferentes acciones.
Una de ellas fue la sanción de la Ley N° 26.331 (reglamentada por el Decreto PE Nº 91/09) que establece los Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para el enriquecimiento, restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los Bosques Nativos y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad.
Argentina se ha convertido en el primer país de América Latina en otorgar recursos financieros a las provincias para que se fortalezcan institucionalmente y compensen a quienes conservan y manejan sustentablemente sus bosques nativos, destinando parte de este financiamiento a las comunidades aborígenes y criollos, para la realización de las actividades pertinentes y una gestión responsable de sus recursos naturales.
¿Para qué una ley de bosques nativos?
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Para proteger las especies de flora y fauna que habitan en los bosques.
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Para prevenir las inundaciones, la erosión, los incendios y evitar el avance de la desertificación.
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Para asegurar la calidad del agua que consumimos y del aire que respiramos.
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Para garantizar que los bienes y servicios que ofrecen los bosques (madera, leña, frutos, miel, alimentos, medicamentos, turismo, recreación) estén disponibles hoy y mañana.
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Para regular y controlar la disminución de la superficie de bosques y el avance de la frontera agropecuaria.
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Para preservar la identidad cultural de los pueblos que viven en y de los bosques.
¿Qué dice la Ley?
Como primer paso, la Ley establece la necesidad de realizar un ordenamiento territorial de los bosques nativos mediante un proceso participativo. El ordenamiento implica zonificar nuestros bosques nativos en distintas categorías de conservación:
I ROJO - Sectores de muy alto valor de conservación que no pueden desmontarse, ni manejarse con fines productivos. Incluyen áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque de perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.
II AMARILLO - Sectores de mediano valor de conservación que podrán ser sometidos a aprovechamiento sustentable, turismo, recolección e investigación científica.
III VERDE - Sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, con Evaluación de Impacto Ambiental obligatoria.
En la provincia de San Luis el reordenamiento territorial quedaría de la siguiente manera:
La Ley además, creó el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos para compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques por los servicios ambientales que éstos brindan.
El Fondo se distribuye entre las jurisdicciones que tienen aprobado por Ley su ordenamiento territorial de bosques nativos y acreditado ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
Para acceder a los Fondos de la Ley se debe presentar un Plan de Manejo o de Conservación realizado por un profesional habilitado. Todos los proyectos deben ser propuestos ante la autoridad de aplicación de la Ley en cada provincia, quién evaluará y analizará su aprobación.
Las actividades que contempla el proyecto son:
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Aprovechamiento forestal
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Aprovechamiento de productos forestales no madereros
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Enriquecimiento
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Conservación
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Restauración y recuperación
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Manejo silvopastoril


Bosque Nativo de San Luis - "El Espinal"
El Espinal es una eco-región de la llanura Chaco-Pampeana, que rodea por el norte, oeste y sur a la Eco-región de La Pampa, abarcando el sur de la Provincia de Corrientes, mitad norte de Entre Ríos, una faja central de Santa Fe y Córdoba, centro y sur de San Luis, mitad este de La Pampa y sur de Buenos Aires.
El paisaje predominante es de llanura plana a suavemente ondulada, ocupada por bosques bajos, sabanas y pastizales, hoy convertidos en gran parte a la agricultura.
La características de los suelos es variable. Hacia el noreste de la eco-región, los suelos, formados sobre sedimentos loésicos son arcillosos e imperfectamente drenados. Hacia el centro-oeste y sur de la región, son mediana a pobremente desarrollados, de texturas gruesas, escasamente provistos de materia orgánica, sin presencia de capas de acumulación de arcilla y, principalmente hacia el sur, con presencia de capas petrocálcicas y zonas medanosas.
El Espinal se puede dividir en tres subregiones, a saber: Espinal del Ñandubay, el sector mesopotámico, de clima húmedo; el de los Algarrobos, el sector central, subhúmedo, de transición entre la Pampa y el Chaco; finalmente, el del Caldén, sector semiárido, de transición entre la Pampa y el Monte.
